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Ley de Delitos Económicos en Chile: lo que toda fintech debe saber

Escrito por Juan Diego Vivas | agosto 27, 2025

¿Están las fintech en Chile preparadas para enfrentar la nueva responsabilidad penal que impone la Ley de Delitos Económicos? La respuesta no es simple. Esta normativa, vigente desde 2023, no solo amplía el catálogo de delitos sancionables, sino que obliga a empresas de todos los tamaños —y en particular a las fintech— a contar con modelos de prevención de delitos activos y efectivos.

 

Tabla de contenido

¿Cuál es el objetivo de la ley de delitos económicos? 

La Ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos y Ambientales entró en vigor en septiembre de 2023. Su impacto es profundo porque modifica la Ley 20.393, que regulaba la responsabilidad penal de las personas jurídicas desde 2009.

El objetivo de esta nueva normativa es claro: terminar con el trato privilegiado que históricamente recibieron los delitos económicos y asegurar que sean sancionados con la misma severidad que otros crímenes. Esto significa:

  • Ampliación del catálogo de delitos: se sistematizan y clasifican en cuatro categorías, que incluyen desde delitos financieros hasta tributarios, medioambientales y lavado de activos.

  • Mayor responsabilidad para directivos y altos cargos: hoy, un gerente que toma una decisión negligente puede responder penalmente junto con la empresa.

  • Sanciones más severas: penas de cárcel efectivas, inhabilitación para ejercer cargos y, en casos graves, disolución de la empresa.

  • Exigencia de modelos de prevención de delitos (MPD) vivos: no basta con documentos de cumplimiento; deben ser procesos activos, con trazabilidad, revisiones periódicas y evidencia de efectividad.
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Clasificación de los delitos económicos: cómo aplican a las fintech

Durante el webinar, Carla Pizarro explicó que la Ley 21.595 sistematiza los delitos en cuatro categorías, con sanciones diferenciadas según la gravedad y el contexto. Para las fintech, esta clasificación no es un detalle técnico, sino una guía práctica para identificar vulnerabilidades en sus operaciones.

  • Categoría 1: Delitos económicos por naturaleza
    Siempre se consideran delitos económicos, sin importar el contexto. Ejemplo: fraudes financieros, manipulación de información bursátil o infracciones al mercado de valores.

    • Aplicación fintech: una startup de inversión digital que manipula información de retornos para atraer más clientes podría ser sancionada en esta categoría.

  • Categoría 2: Delitos que se consideran económicos si se cometen en el ejercicio de un cargo
    Incluyen ilícitos tributarios o ambientales cometidos por quienes ocupan posiciones de poder en la empresa.

    • Aplicación fintech: un gerente que decide omitir reportes regulatorios para mejorar artificialmente la rentabilidad entraría en esta categoría.

  • Categoría 3: Delitos vinculados a funcionarios públicos
    Ocurren cuando la empresa interviene en actos como cohecho o malversación de fondos.

    • Aplicación fintech: el soborno a un funcionario para acelerar la autorización de una licencia tecnológica.

  • Categoría 4: Lavado de activos y receptación
    Siempre que el delito base tenga carácter económico.

    • Aplicación fintech: permitir el ingreso de fondos de origen ilícito a través de plataformas de pago digital sin controles adecuados de KYC.

Como señaló Pizarro, lo importante es que cada fintech aterrice estas categorías a su propio negocio. No basta con copiar una lista genérica de delitos: el modelo de prevención debe identificar en qué procesos específicos podrían materializarse y qué controles aplican

 

Los delitos económicos que más impactan a las fintech

Las fintech, por su doble naturaleza —financiera y tecnológica— están en el centro del riesgo. Manejan dinero, datos sensibles y procesos digitales expuestos a fraudes. Entre los delitos más relevantes en este sector destacan:

  • Lavado de activos y financiamiento ilícito: dada la entrada y salida de dinero, las fintech deben contar con controles robustos de debida diligencia, monitoreo de operaciones y reporte de actividades sospechosas.

  • Apropiación indebida de fondos: riesgos asociados a la custodia de inversiones o pagos electrónicos.

  • Uso indebido de información privilegiada: la gestión de datos de clientes es un punto crítico que, mal administrado, puede derivar en delitos.

  • Fraudes informáticos y ciberataques: la ley también tipifica delitos relacionados con vulneraciones tecnológicas.

  • Delitos tributarios: comunes a todas las industrias, pero con especial vigilancia en sectores financieros.

La vulnerabilidad no se limita a los procesos internos. La ley también obliga a las fintech a evaluar a sus clientes y proveedores, aplicando procedimientos de due diligence y monitoreo continuo.

Responsabilidad penal y exigencias de compliance

Uno de los aspectos más disruptivos de la ley es la responsabilidad penal ampliada. Hoy, no solo la persona que comete el delito es sancionada; también lo son los directivos que no ejercieron control suficiente y la empresa misma.

Esto obliga a las fintech a:

  • Contar con un encargado de prevención y un backup disponible.

  • Integrar la prevención de delitos en cada proceso, no como un documento aislado.

  • Diseñar matrices de riesgo específicas por proceso, que incluyan los delitos aplicables.

  • Mantener políticas, controles y capacitaciones actualizadas.

En la práctica, esto implica pasar de un modelo de cumplimiento formalista a un enfoque de gestión de riesgos preventivo y dinámico.

Retos y oportunidades para el ecosistema fintech en Chile

Aunque la ley representa un desafío, también abre oportunidades:

  • Generar confianza frente a reguladores y clientes, mostrando transparencia y ética en las operaciones.

  • Estandarizar controles internos que permitan escalar con seguridad a nuevos productos y mercados.

  • Madurar la cultura de riesgos en todos los niveles, desde directores hasta colaboradores.

Las fintech que adopten un enfoque proactivo no solo evitarán sanciones, sino que podrán diferenciarse en un mercado cada vez más competitivo.

Cómo Pirani ayuda a enfrentar este desafío

Cumplir con la Ley de Delitos Económicos no debería ser un proceso pesado ni burocrático. El reto está en lograr que la gestión de riesgos y la prevención de delitos se conviertan en prácticas vivas, visibles y trazables.

Aquí es donde soluciones como Pirani marcan la diferencia: permiten a las fintech consolidar riesgos, controles y normativas en una sola plataforma, automatizar procesos de cumplimiento y generar evidencias claras para auditorías o fiscalizaciones.

Más que un “checklist legal”, Pirani ayuda a las empresas a integrar la prevención en el día a día, garantizando que los modelos de prevención no queden en un cajón, sino que evolucionen con el negocio y la regulación

Preguntas frecuentes

¿Qué cambia con la Ley de Delitos Económicos en Chile para las fintech?
Amplía los delitos aplicables, endurece sanciones y exige modelos de prevención dinámicos.

¿Qué delitos económicos son más relevantes para las fintech?
Lavado de activos, fraude informático, uso indebido de información, apropiación de fondos y delitos tributarios.

¿Qué pasa si una fintech no se adapta a esta ley?
Puede enfrentar sanciones económicas, inhabilitación de directivos e incluso la disolución de la empresa.

¿Qué deben implementar las fintech para cumplir con la ley?
Un modelo de prevención de delitos efectivo, matrices de riesgos integradas en procesos, canales de denuncia y capacitación continua.

¿Cómo se relaciona la ley con la prevención de lavado de activos?
Refuerza la obligación de controles de debida diligencia y monitoreo de operaciones sospechosas.

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